POLÍTICA AUTOMOTRIZ

 


La Comunidad Andina ha venido dando, desde hace varios años, un impulso significativo al proceso de integración del sector automotor al definir y aprobar una política común para este sector y, por lo tanto, sentar las bases para desarrollar una industria automotriz competitiva y eficiente, capaz de penetrar otros mercados fuera de la región.

Esto ha sido posible gracias al Convenio de Complementación Industrial en el Sector Automotor entre Colombia, Ecuador y Venezuela, suscrito en noviembre de 1993, ampliado en mayo 1994 y actualizado en setiembre de 1999.

La puesta en vigencia de este convenio permitió, entre otras cosas, la adopción de un arancel externo común aplicable a los vehículos importados, la aprobación de una política común en el ensamblaje de los vehículos automotores.

Los positivos efectos económicos y sociales de esta política se tradujeron en el crecimiento del comercio y el desarrollo de la industria subregional. Los productos automotrices, vehículos y autopartes se llegaron a constituir en el principal en el intercambio comercial en la Comunidad Andina.

Para atender las nuevas exigencias derivadas de los compromisos internacionales y negociaciones comerciales regionales, y con el propósito de dar un nuevo impulso al sector, los tres países suscriptores del convenio decidieron actualizarlo.

El 16 de setiembre de 1999, Colombia, Ecuador y Venezuela suscribieron el nuevo Convenio de Complementación el Sector Automotor, que entró en vigencia el 1 de enero del año 2000 por un período de diez años prorrogable.

Como resultado de la aplicación de este convenio, los países aspiran aumentar la producción subregional de vehículos de 212 mil unidades anuales a 500 mil unidades en un lapso menor a los diez años. Aspiran también incrementar sustantivamente las transacciones intracomunitarias de vehículos y autopartes que en 1998 superaron los 600 millones de dólares.

El nuevo convenio elimina eventuales incompatibilidades con la Organización Mundial del Comercio (OMC), al no incluir, por ejemplo, las fórmulas que exigían un contenido subregional en la producción local. Bastará el cumplimiento del requisito específico de origen, fijado por la Secretaría General, para que los vehículos ensamblados por los productores andinos tengan libre acceso al mercado subregional.

El nuevo acuerdo mantiene el arancel externo común de 35 por ciento para los vehículos de la categoría 1, es decir las unidades livianas con una capacidad máxima de 16 personas y las de un máximo de 4,5 toneladas de capacidad de carga. Para las unidades de la categoría 2, que son los vehículos pesados (los que superan la capacidad máxima señalada anteriormente), el AEC será del 15 por ciento en el caso de Colombia y Venezuela, y de 10 por ciento en el de Ecuador.

A su vez, los países se comprometen a autorizar sólo la importación de vehículos y autopartes nuevos, a fin de garantizar condiciones mínimas de seguridad, de protección del medio ambiente, defensa del consumidor y propiedad industrial.

El convenio fortalece la posición negociadora de la CAN ante los acuerdos regionales y adecúa a la industria automotriz andina a las exigencias internacionales. Asimismo, sustituye el requisito de desempeño por norma de origen y precisa la atribuciones del Comité Automotor, integrado por los representantes de cada uno de los países participantes.

El acuerdo prevé la incorporación de los otros países miembros de la Comunidad Andina, para lo cual se podrán negociar las condiciones de adhesión. Además, establece un régimen suspensivo de derechos de importación en las ensambladoras, que les permitirá incorporar material subregional e importado para que el vehículo producido pueda circular en la subregión libre de aranceles, previo el cumplimiento del requisito de origen.
 

 
 
   
Exportación de vehículos
   
Importación de vehículos
   
Producción subregional
de vehículos
   

   
Declaración de los
Gremios del Convenio Automotor con relación al cumplimiento de la
normativa andina del
sector

Lima, 18 de abril de 2005
   
Informe de la Reunión de Trabajo de los Representantes de los Gremios Conformantes
del Convenio Automotor

Lima, 18 de abril de 2005
   
Sector privado califica de hito histórico el nuevo convenio automotor
andino

Lima, 20 de setiembre de 1999