Primer Encuentro de Magistrados de las Cortes
Supremas de los Países de la CAN y del
MERCOSUR, del Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina y del Tribunal Permanente de
Revisión del MERCOSUR
Lima y
Arequipa, 12, 13 y 14 de octubre de 2005
Introducción
I. El “PRIMER
ENCUENTRO DE MAGISTRADOS DE LAS CORTES
SUPREMAS DE LOS PAISES DE LA CAN Y DEL
MERCOSUR, DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD ANDINA Y DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE
REVISIÓN DEL MERCOSUR” se celebró, del 12 al
14 de octubre de 2005, en las ciudades de Lima
y Arequipa, Perú.
II. El Encuentro
tuvo por objetivo consultar el juicio de sus
participantes sobre la conveniencia de activar
espacios de reflexión jurídica conjunta,
dirigidos a facilitar la participación
temprana de las Magistraturas de la CAN y del
MERCOSUR en la tarea común de contribuir al
desarrollo de un espacio sudamericano
integrado.
III. Convocado
por el Tribunal de Justicia de la Comunidad
Andina, el Encuentro contó con el apoyo
financiero del Convenio Unión
Europea-Comunidad Andina, en materia de
competencia, y de la Comisión Andina de
Juristas.
IV. Participaron
en el Encuentro Magistrados de los Tribunales
Supremos de las Repúblicas de Argentina,
Colombia (Consejo de Estado), Paraguay, Perú,
Oriental del Uruguay y Bolivariana de
Venezuela, así como de Tribunales y Cortes
Superiores del Ecuador y del Perú, los
Magistrados del Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina, Integrantes del Tribunal
Permanente de Revisión del MERCOSUR y un
Magistrado de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos. Se contó igualmente con la
participación de expertos de la Unión Europea
y del Perú.
V. El Encuentro
giró alrededor de las competencias del
Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina y
del Tribunal Permanente de Revisión del
MERCOSUR, principalmente en los ámbitos
relativos a la interpretación prejudicial y a
la opinión consultiva, así como en torno a los
puntos de convergencia de los órdenes
normativos de ambos procesos de integración en
las materias de competencia y propiedad
intelectual, y a la necesidad de la
cooperación entre los órganos jurisdiccionales
nacionales y comunes, y de los comunes entre
sí Se trataron asimismo, en el ámbito de la
CAN, el régimen de solución de controversias y
la acción por incumplimiento ante los
Tribunales Nacionales.
VI. Se puso de
manifiesto la voluntad de los Presidentes de
las Repúblicas de Argentina, Bolivia,
Federativa del Brasil, Chile, Colombia,
Ecuador, Cooperativa de Guyana, Paraguay,
Perú, Suriname, Oriental del Uruguay y
Bolivariana de Venezuela, expresada en la
reunión celebrada en Cusco el 8 de diciembre
de 2004, de profundizar la convergencia entre
MERCOSUR, la Comunidad Andina y Chile, a
través del perfeccionamiento de la zona de
libre comercio y su evolución a fases
superiores de la integración económica, social
e institucional.
VII. Se puso de
relieve la necesidad de fortalecer la
participación de los Órganos Jurisdiccionales
Nacionales en el afianzamiento de los procesos
de integración.
Se puso
igualmente de relieve la conveniencia de la
interpretación uniforme de la norma común, a
fin de tender hacia su aplicación igualmente
uniforme.
VIII. Dentro de
la diversa gama de acciones que se pueden
entablar ante los Tribunales Subregionales, se
hizo especial énfasis en el beneficio que las
opiniones consultivas del Tribunal Permanente
de Revisión del MERCOSUR y la interpretación
prejudicial del Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina pueden implicar para una
aplicación homogénea de las normas de los
procesos de integración.
IX. Para
acrecentar el proceso de consolidación de los
bloques subregionales, se consideró necesario
acentuar la aplicación de su normativa por
parte de los Estados Miembros y de sus
Instituciones. Una adecuada divulgación del
Derecho de la Integración permitirá a las
autoridades públicas y a los integrantes de la
sociedad en general ejercer las prerrogativas
que les correspondan, bajo la tutela de los
jueces nacionales de los Países Miembros. Las
autoridades nacionales y la sociedad civil
juegan un papel vital en el citado proceso.
X. Al revisar
los efectos de los sistemas de integración en
los Estados Miembros, se destacó la necesidad
de fomentar una interpretación y aplicación
uniforme de la normativa propia de dichos
sistemas. De ahí la especial relevancia de las
funciones del Tribunal Permanente de Revisión
del MERCOSUR y del Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina en materia de interpretación
de las disposiciones propias de los
respectivos bloques subregionales.
XI. Se consideró
que la Comunidad Sudamericana de Naciones
representa un proyecto político relevante que
conlleva un programa descentralizado de
desarrollo social. La estructura del proyecto
reside en plataformas de cooperación política,
integración comercial, integración energética
e inversión en infraestructura, competitividad
y desarrollo.
XII. Se
consideró igualmente, en este contexto, que el
30 de septiembre de 2005 se celebró en
Brasilia la “Primera Reunión de Jefes de
Estado de la Comunidad Sudamericana de
Naciones”, en la cual se adoptó un “Programa
de Acción’ que hace referencia, en el punto 5,
a la programación de reuniones conjuntas entre
los órganos de la CAN y del MERCOSUR para
discutir agendas y puntos comunes en el
proceso de integración. Este programa debería
extenderse también a los órganos
jurisdiccionales subregionales.
Conclusiones
I. Resaltar la
importancia de este tipo de encuentros, toda
vez que permiten un intercambio útil de
experiencias entre los Magistrados de la
Comunidad Andina y del Mercado Común del Sur y
los Integrantes del Tribunal Permanente de
Revisión del MERCOSUR, y facilitan el
conocimiento de la aplicación del Derecho de
la Integración por parte de los Órganos
Jurisdiccionales Nacionales.
II. Destacar la
necesidad de una mayor cooperación y
coordinación entre los órganos subregionales y
las instancias nacionales, a los efectos de
procurar una mayor difusión y aplicación del
Derecho de la Integración.
III. Subrayar
que, a pesar de las particularidades de la
Comunidad Andina y del Mercado Común del Sur,
es factible trabajar a mediano plazo en un
proceso de consolidación y profundización de
los bloques subregionales, incluyendo los
mecanismos de cooperación judicial.
IV. Reafirmar la
importancia de que las autoridades nacionales
y subregionales trabajen progresivamente en
reformas normativas que permitan un mayor
acercamiento en ciertas materias de interés
común. En este contexto, los regímenes de
propiedad intelectual y de derecho de la
competencia podrían ser objeto de una
aproximación regulatoria que influiría
positivamente en su aplicación homogénea por
parte del Tribunal Permanente de Revisión del
MERCOSUR y del Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina.
V. Invitar a las
autoridades nacionales y subregionales, así
como a la sociedad civil, a seguir trabajando
en el proceso de desarrollo de la Comunidad
Sudamericana de Naciones, como factor de
fomento de la interrelación de los pueblos y
de su integración.
VI. Agradecer la
cooperación de la Unión Europea para la
realización de este fructífero primer
encuentro y solicitar su respaldo para futuros
encuentros.
VII. Hacer
constar y acoger el ofrecimiento de que el
Tribunal Supremo de Justicia de la República
Bolivariana de Venezuela sea la sede del II
Encuentro, sin que el citado ofrecimiento
incluya la asunción de compromisos
financieros.
VIII. Aprobar
como anexo la DECLARACIÓN DE AREQUIPA.
Por el Tribunal de Justicia de la Comunidad
Andina,
Moisés Troconis Villarreal
PRESIDENTE
DECLARACIÓN DE
AREQUIPA
Los miembros del
Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina y
del Tribunal Permanente de Revisión del
MERCOSUR, asistentes a “PRIMER ENCUENTRO DE
MAGISTRADOS DE LAS CORTES SUPREMAS DE LOS
PAISES DE LA CAN Y DEL MERCOSUR, DEL TRIBUNAL
DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Y DEL
TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN DEL MERCOSUR”,
resaltan por la presente la necesidad de
constituir un Foro Permanente de Diálogo sobre
temas relacionados con la integración
latinoamericana, y en consecuencia lo dan por
constituido en la fecha, y de invitar a
participar en el mismo a las Cortes Supremas
de los Estados Partes de la Comunidad Andina y
del MERCOSUR y de los Estados Asociados.
Arequipa, 14 de
octubre de 2005
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