EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,
VISTOS: El Artículo 3, literal e), del
Acuerdo de Cartagena; y las Decisiones 458, 505 y 549 del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores; el Reglamento del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores aprobado mediante Decisión 407; el Reglamento
de la Comisión de la Comunidad Andina aprobado mediante Decisiones 471 y 508; y
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena
tiene por objetivos, entre otros, promover el desarrollo equilibrado y armónico
de los Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la
cooperación económica y social; así como propender a disminuir la vulnerabilidad
externa y mejorar la posición de los Países Miembros en el contexto económico
internacional, fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias
de desarrollo existentes entre los Países Miembros, con la finalidad de procurar
un mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la
Subregión;
Que en el contexto internacional los
Países Miembros deben buscar la convergencia de objetivos, metas y acciones, en
torno a compromisos como los contenidos en la Declaración del Milenio de las
Naciones Unidas y las Resoluciones de la Comisión de Estupefacientes en materia
de desarrollo alternativo y de desarrollo alternativo preventivo;
Que contar con una Estrategia Andina de
Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, será de la mayor importancia para
complementar el propósito establecido en la Resolución 48/9 aprobada por el 48
Período de Sesiones de la Comisión de Estupefacientes de Naciones Unidas, en
abril de 2005, a iniciativa de los Países Miembros, en la cual se acuerda que la
Comisión celebre, antes de 2008, un período de sesiones que en lo sustancial se
dedique al tema del desarrollo alternativo;
Que resulta indispensable lograr mejores
oportunidades de acceso a los mercados para los productos del desarrollo
alternativo en el contexto de las negociaciones comerciales internacionales;
Que la Decisión 458 sobre Lineamientos de
la Política Exterior Común identifica como uno de sus objetivos emprender
acciones conjuntas en la lucha contra el problema mundial de la droga que, bajo
el principio de la responsabilidad compartida y a partir de un enfoque
multilateral, promuevan la cooperación internacional en todos los aspectos del
problema y, entre otros, para el desarrollo de cultivos alternativos;
Que, en desarrollo de la Decisión 505 que
aprueba el Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y
Delitos Conexos, el Comité Ejecutivo priorizó la elaboración de una Estrategia
Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible;
Que las políticas y estrategias nacionales
de desarrollo alternativo deben ser complementadas, mediante la cooperación y la
coordinación en el ámbito comunitario para alcanzar mayores niveles de
efectividad y sostenibilidad en su aplicación, mitigando los efectos del
traslado de los cultivos ilícitos entre los Países Miembros de la Comunidad
Andina;
Que el Comité Andino para el Desarrollo
Alternativo (CADA), creado mediante Decisión 549, en su V Reunión realizada los
días 22 y 23 de junio de 2004 acordó preparar una estrategia de desarrollo
integral y sostenible para la Región Andina, a ser presentada en el marco de la
XVI Reunión Ordinaria del Consejo Presidencial Andino;
Que la Primera Reunión Extraordinaria del
CADA, celebrada los días 9 y 10 de setiembre de 2004, en la ciudad de Bogotá,
Colombia, definió los objetivos, principios, metas y elementos estratégicos
básicos para la elaboración de una Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo
Integral y Sostenible;
Que la Segunda Reunión Extraordinaria del
CADA realizada en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, los días 23 y
24 de junio de 2005, definió técnicamente el contenido de los elementos de una
Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, para lo cual
previamente llevó a cabo un amplio proceso de consultas al interior de los
Gobiernos de los Países Miembros, autoridades locales, gremios y organizaciones
campesinas de las zonas en las que se desarrollan programas y proyectos de
desarrollo alternativo;
Que la Secretaría General ha presentado la
Propuesta 151/Rev. 1 sobre Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral
y Sostenible;
DECIDE:
Artículo 1.-
Aprobar la siguiente Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y
Sostenible, cuyo Marco General y Plan de Acción se anexan a la presente
Decisión.
I
PRINCIPIOS
Artículo 2.-
Los principios de la Estrategia son:
a) Respetar la soberanía nacional de
cada País Miembro de la Comunidad Andina y conceder a la Estrategia el
carácter de política de Estado.
b) Contribuir a la pacificación y
estabilización de las áreas de intervención descritas en el Anexo, ofreciendo
alternativas económicas y de vida dignas a las comunidades beneficiarias,
principalmente a través de la integración transversal con políticas, programas
y proyectos sectoriales, que maximicen los impactos de las acciones que se
emprendan.
c) Tener un carácter preventivo, que no
sólo focalice comunidades y territorios afectados por los cultivos ilícitos
sino también aquellos que enfrenten la amenaza de este problema, en todos los
Países Miembros.
d) Fortalecer la participación activa de
las comunidades beneficiarias y de los gobiernos locales, involucrándolos en
los procesos asociados a los proyectos de desarrollo alternativo en los Países
Miembros.
e) Respetar la diversidad, autonomía y
particularidades nacionales, así como de las minorías étnicas y comunidades
localizadas en las áreas de intervención de la Estrategia.
f) Ser desarrollada en áreas que cuenten
con condiciones mínimas de seguridad, gobernabilidad y comunicaciones, que
permitan potenciar el desarrollo local; y donde las comunidades beneficiarias
se encuentren en capacidad y tengan la voluntad de respetar la condición de
erradicar y no resembrar cultivos ilícitos, que caracteriza al desarrollo
alternativo.
g) Apoyar la recuperación, conservación
y ordenamiento de áreas protegidas que hayan sido afectadas por la
problemática de los cultivos ilícitos.
h) Ser ejecutada en el marco de
estrategias integrales de lucha contra las drogas ilícitas, donde los
esfuerzos de erradicación, interdicción y demás acciones tendientes a asegurar
el imperio de la ley, apoyen la eliminación sistemática de actividades
relacionadas con los cultivos ilícitos, principalmente aquellas promovidas por
grupos al margen de la ley.
i) Sustentarse en la solidaridad andina,
dando prioridad a aquellos aspectos en los que el trabajo conjunto permita
avanzar más que de manera individual a cada País Miembro.
j) Reafirmar el principio de
responsabilidad compartida, que llame la atención sobre el mayor costo
relativo que enfrentan los países andinos en la lucha contra las drogas
ilícitas, y las tendencias de reducción de los aportes al desarrollo de los
países con elevados niveles de consumo, mediante la cooperación internacional.
Dicho principio se deberá traducir en acciones de los países consumidores que
permitan combatir la demanda de drogas ilícitas, así como en una mayor
cooperación financiera, técnica y comercial, a los proyectos y productos
derivados del desarrollo alternativo.
II
CRITERIOS
Artículo 3.-
Los criterios generales de la Estrategia son:
a) Articularse con otros planes y
programas de desarrollo comunitario, nacional y sectorial (coadyuva al logro
de sus objetivos y se retroalimentan, con criterio de ordenamiento
territorial) incluidas las negociaciones internacionales.
b) Tener una visión integral, lo cual
comprenderá aspectos institucionales, sociales, económicos y ambientales.
c) Deberá contener acciones inmediatas y
de corto plazo, que tengan un efecto demostrativo y que, además, orienten e
impulsen acciones y proyectos estructurales.
d) Deberá contener elementos que le den
permanencia en el tiempo (esfuerzo de mediano y largo plazo), por lo que debe
ser participativa (a todos los niveles públicos de la sociedad civil) y contar
con seguridad institucional, jurídica y financiera, que además aseguren el
adecuado aprovechamiento de los recursos naturales.
e) Deberá focalizarse en las zonas de la
frontera agrícola (de contención), así como en ecosistemas estratégicos,
afectados o amenazados por los cultivos ilícitos, cuya localización y
condiciones geográficas y socioeconómicas ofrezcan un potencial de desarrollo
local.
f) Ser participativa, para lo cual
deberá contar con el respaldo y el compromiso político y económico de los
gobiernos nacionales, provinciales y locales.
g) Optimizar y aprovechar los recursos
financieros, información y conocimientos, experiencias y capital humano
existente en las áreas de intervención o en otros proyectos de desarrollo
alternativo, que puedan ser replicados o ampliados, promoviendo además la
aplicación de incentivos.
III
OBJETIVOS
Artículo 4.-
El objetivo general de la Estrategia es contribuir a la
reducción de la pobreza y a la cohesión social de los Países Miembros, en las
áreas de intervención definidas en esta Estrategia, mediante el establecimiento
de los lineamientos de política, los enfoques conceptuales y las metas e
indicadores, que orienten las acciones y proyectos de desarrollo alternativo,
que sean puestos en marcha, en el marco de las políticas nacionales y
comunitarias sobre la materia, con un enfoque integral y sostenible.
Artículo 5.-
Los objetivos específicos de la Estrategia son:
1. En el ámbito institucional
a) Promover la coordinación activa de
las instituciones de los Estados y la Comunidad Andina ‑mediante sus órganos,
instituciones, programas y proyectos‑, a fin de lograr sinergias y objetivos
comunes, fortalecer la gobernabilidad local y la participación de las
comunidades, en las áreas de intervención del desarrollo alternativo de los
Países Miembros.
b) Establecer mecanismos efectivos y
eficientes de cooperación horizontal para el intercambio de experiencias y la
asistencia técnica entre los Países Miembros, especialmente entre las
comunidades beneficiarias del desarrollo alternativo.
c) Disponer de un sistema comunitario y
sus correspondientes sistemas nacionales de información, evaluación,
seguimiento y monitoreo, como herramientas de transparencia y apoyo a los
procesos de toma de decisiones.
2 En el ámbito social
a) Fortalecer organizaciones sociales,
que dinamicen la generación y consolidación de comunidades de base y generen
capital social, para darle atención a problemáticas sociales de las
comunidades y mejorar su participación en el desarrollo local.
b) Coadyuvar con las estrategias
nacionales de desarrollo y en particular con las políticas de lucha contra la
pobreza rural.
c) Sensibilizar a la sociedad civil,
especialmente aquella localizada en las áreas de intervención en los Países
Miembros, sobre los efectos nocivos de los cultivos y drogas ilícitos, y la
importancia del desarrollo alternativo como respuesta a las causas
estructurales de este fenómeno.
d) Asegurar que las acciones y proyectos
de desarrollo alternativo que se desarrollen en la Comunidad Andina cuenten
con un enfoque de género y contribuyan al reconocimiento y valoración de la
diversidad social.
3 En el ámbito económico
a) Disminuir la incidencia de la
economía ilícita, mediante la reducción y prevención del incremento de los
cultivos ilícitos y el control de su migración a nuevas áreas, entre y al
interior de los Países Miembros (efecto globo).
b) Promover y orientar la participación
activa y en coordinación con los gobiernos nacionales, de organismos y
agencias de desarrollo multilaterales, regionales y nacionales, en proyectos e
iniciativas de desarrollo alternativo, en el marco de la Estrategia,
especialmente en lo relacionado con la gestión de recursos.
c) Asegurar la construcción y
mantenimiento de infraestructura básica en las áreas de intervención del
desarrollo alternativo, que facilite los procesos de producción y
comercialización de los productos agrícolas y agroindustriales, así como de
los servicios que se promuevan, en las áreas de intervención de los Países
Miembros.
d) Apoyar la mayor vinculación de
centros de investigación, universidades y demás instituciones pertinentes, de
tal manera que mejoren el acceso a la ciencia y tecnología de los
beneficiarios de desarrollo alternativo en la Comunidad Andina.
e) Promover el acceso legal a la
propiedad de la tierra de los beneficiarios, mediante la compra y legalización
de títulos de tenencia de tierras.
f) Promover formas asociativas, de
colaboración y cooperación, a nivel de productores, sector privado,
instituciones y agencias nacionales de promoción de exportaciones, y
organismos financieros, entre otros, que propendan por el logro de un acceso
real a los mercados nacionales e internacionales de los productos derivados
del desarrollo alternativo, en estricta sujeción a las normas y compromisos
comunitarios y nacionales correspondientes.
g) Contribuir al financiamiento
sostenido del desarrollo alternativo en la Comunidad Andina, mediante el uso
de instrumentos innovadores, acordes a las realidades socioeconómicas de las
poblaciones beneficiarias, que contemplen tanto el acceso a sistemas de banca
de inversión y mercado de capitales, como alianzas estratégicas con el sector
privado, y el uso de instrumentos tales como el canje de deuda y el Mecanismo
de Desarrollo Limpio (MDL), entre otros.
4 En el ámbito ambiental
a) Apoyar la conservación, recuperación
y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, especialmente aquellos
localizados en ecosistemas estratégicos, zonas de amortiguación y áreas de
parques naturales.
b) Apoyar la implementación de mejores
prácticas ambientales, tecnologías limpias, sistemas de producción orgánica y
modelos agroforestales y de labranza mínima, entre otros, que aseguren un
adecuado aprovechamiento de los recursos naturales y mejoren el acceso a
mercados de comercio justo.
IV
MECANISMOS
Artículo 6.- El Comité Andino para
el Desarrollo Alternativo (CADA) efectuará el seguimiento del Plan de Acción que
aparece en el Anexo de la presente Decisión, de forma tal que asegure la
aplicación de la Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y
Sostenible y promueva su profundización y perfeccionamiento.
El CADA, en coordinación con el Comité
Ejecutivo del Plan de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y
Delitos Conexos y a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina,
recomendará al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a la
Comisión de la Comunidad Andina, la adopción de la normativa comunitaria
necesaria para la instrumentación del Plan de Acción de la Estrategia Andina de
Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible en las áreas de sus respectivas
competencias.
Artículo 7.-
El CADA, con conocimiento del Comité Ejecutivo del Plan de Cooperación para la
Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos, informará anualmente al
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, a través de la Secretaría
General de la Comunidad Andina, sobre los avances en la instrumentación de la
Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible.
Artículo 8.-
El CADA, en coordinación con el Comité Ejecutivo del Plan de Cooperación para la
Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos y a través de la Secretaría
General de la Comunidad Andina, en un plazo de cinco años contados a partir de
la entrada en vigencia de la presente Decisión, propondrá al Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores su actualización.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los
quince días del mes de julio del año dos mil cinco.