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El
organigrama correspondiente al Proyecto incorpora
dos estructuras paralelas: la ejecutiva que está
compuesta por posiciones desempeñadas por
funcionarios rentados y la consultiva que está
integrada por personalidades invitadas a colaborar
con el Proyecto.
La Estructura de Gestión, integra las posiciones
rentadas del proyecto, incorpora:
a) Director Regional del proyecto, seleccionado
a través de un concurso abierto. El Director
Regional, asesorado por el Jefe de misión de ATI,
constituye la autoridad máxima de la Entidad
Ejecutora, bajo su liderazgo se ubican los cuatro
Coordinadores Nacionales que se encargarán en cada
país de gestionar las actividades del Proyecto.
b) Los Coordinadores Nacionales tienen a su
cargo la ejecución del proyecto en cada país de la
región y asumen la coordinación con las
organizaciones e instituciones de la Sociedad Civil.
c) El Comité Consultivo Regional será presidido
por un Director General de la SG-CAN y estará
integrado por las siguientes instituciones y grupos:
-
SG-CAN
-
Un representante
de cada Comité Consultivo Nacional.
-
Un representante
del Consejo Consultivo Empresarial Andino
-
Un representante
del Consejo Consultivo Laboral Andino
-
Un representante
de la Mesa Indígena Andina
-
Un representante
de la Mesa Andina de Trabajo sobre derechos de
los consumidores
-
Un representante
de la Red Andina de Comunicadores Sociales
-
Un representante
de la Red Andina de Entidades Académicas y
Organizaciones Sociales no gubernamentales (RAAOS)
Además, la Comisión Europea estará representada como
observador y el/la Director/a Regional del Proyecto
asumirá la función de secretario/a del Comité. Los
representantes de los Comités Consultivos Nacionales
deberán ser representativos de la Sociedad Civil.
Este Comité Consultivo Regional se reunirá al menos
una vez al año (antes de la finalización de los POA
y la elaboración del siguiente).
Las
funciones y atribuciones son:
-
Elaborar su propio
reglamento de funcionamiento, que será aprobado
por la Comisión Europea (Delegación en Lima).
-
Revisar y emitir
opinión sobre los documentos programáticos.
-
Emitir opinión
sobre los informes técnicos y financieros
trimestrales y anuales.
-
Facilitar la
coordinación entre las diferentes instituciones
relevantes del proyecto.
-
Asegurar, junto
con la SG-CAN, que los fondos de contrapartida
de la CAN sean incluidos en los presupuestos
correspondientes.
-
Asesorar y apoyar
al equipo técnico gestor.
d) Los Comités Consultivos Nacionales estarán
presididos por el Órgano de Enlace de la CAN en cada
país que, para efectos del Proyecto, serán los
Coordinadores de los Comités Nacionales del Plan
Integrado de Desarrollo Social (PIDS). Se reunirán
trimestralmente en sus respectivos países y estarán
integrados por las siguientes instituciones y
grupos:
-
El Coordinador del
Comité Nacional del PIDS
-
Un representante
cada uno de los capítulos nacionales del Consejo
Consultivo Empresarial y el Consejo Consultivo
Laboral
-
Un representante
del capítulo nacional de la Mesa Indígena Andina
-
Un representante
nacional de la Mesa Andina de Trabajo sobre
derechos de los consumidores
-
Un representante
nacional de la Red Andina de Comunicadores
Sociales
-
Un representante
del capítulo nacional de la RAAOS
-
Dos personalidades
representativas de otros sectores de la Sociedad
Civil nacional (indígenas, afro-andinos, etc.)
elegidas por la SG- CAN en coordinación con la
Delegación de la CE
Además, la Comisión Europea a través de su
Delegación en cada país, estará representada como
observador y el/la Coordinador/a Nacional del
Proyecto asumirá la función de secretario/a del
Comité.
El Comité Nacional tendrá las siguientes
atribuciones y obligaciones:
-
Revisar y emitir
opinión sobre los documentos programáticos.
-
Emitir opinión
sobre los informes técnicos y financieros
trimestrales y anuales.
-
Facilitar la
coordinación entre las diferentes instituciones
relevantes para el Proyecto.
-
Asesorar y apoyar
al equipo técnico gestor.
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